
New York, 13 de febrero de 2024.
El caso de Juan Orlando Hernández continua con debates entre la fiscalía y la defensa en torno al material clasificado bajo la ley (CIPA), mañana se estará llevando a cabo una nueva audiencia para definir la forma en que se manejará esta información en el desarrollo del juicio y del caso.
La abogado Sabrina Shroff esta tarde envío una moción al juez Kevin Castel haciendo referencia a la sección 5 de CIPA, sobre los documentos que piensa utilizar como parte de la estrategia de defensa de Hernández, durante la audiencia se discutirá esta ultima etapa para determinar que información será admitida y cual no.
Cabe señalar que dicha audiencia se desarrollará de manera privada, ya el acceso a la información clasificada es limitado.
¿En que consiste la ley CIPA?
Después de que una acusación penal se haga pública, el fiscal sigue siendo responsable de tomar precauciones razonables contra la divulgación no autorizada de información clasificada durante el caso.
Esta responsabilidad se aplica tanto cuando la fiscalía tiene la intención de utilizar información clasificada en su caso principal, como cuando el acusado busca utilizar información clasificada en su defensa.
La herramienta con la que se puede garantizar la protección adecuada de la información clasificada en los casos judiciales es la Ley de Procedimientos de Información Clasificada (CIPA).
La CIPA es un estatuto de procedimientos; que no suma ni resta valor a los derechos sustantivos del acusado ni a las obligaciones de la fiscalía. Más bien, el procedimiento para hacer estas determinaciones es diferente en el sentido de que, equilibra el derecho de un acusado penal con el derecho del soberano a saber de antemano una amenaza potencial de un enjuiciamiento penal para su seguridad nacional.
Cada una de las disposiciones de la CIPA está diseñada para lograr esos objetivos duales: prevenir la divulgación innecesaria o inadvertida de información clasificada y aconsejar a la fiscalía sobre el «costo» de la seguridad nacional de seguir adelante.
La CIPA en su sección 1 define la «información clasificada» y la «seguridad nacional», como:
La subsección (a), en la parte pertinente, define la «información clasificada» como:
Cualquier información o material que haya sido determinado por el Gobierno de los Estados Unidos de conformidad con una orden ejecutiva, estatuto o reglamento, que requiere protección contra la divulgación no autorizada por razones de seguridad nacional.
La subsección (b) define «seguridad nacional» como «defensa nacional y relaciones exteriores de los Estados Unidos».
¿En que consiste la sección 5 de CIPA?
Después del proceso de presentación de evidencias de la sección 4 de la ley CIPA, hay tres pasos críticos previos al juicio en el manejo de la información clasificada en virtud de las secciones 5 y 6 de la CIPA.
En primer lugar, el acusado debe especificar en detalle, en una notificación por escrito, la información clasificada precisa que razonablemente espera revelar.
En segundo lugar, el Tribunal, previa moción de la fiscalía, celebrará una audiencia para determinar el uso, la relevancia y la admisibilidad de las pruebas propuestas.
Fuente: Departamento de Justicia de EEUU.
